Mañana 2 de julio vence el plazo para presentar la declaracion jurada informativa de Ganancias y/o bienes personales de empleados en relación de dependencia.
¿Quiénes están obligados a presentar declaraciones juradas anuales informativas del Impuesto a las Ganancias y/o del Impuesto sobre los Bienes Personales?
| Los empleados | ||||
| Los actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores | ||||
Si se encuentran el alguna de las siguientes situaciones:
| Obligados a presentar declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias. | ||||
| - Quienes percibieron ingresos brutos iguales o superiores a $ 144.000 en el año anterior. | ||||
| Obligados a presentar declaración jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales | ||||
| - Los empleados en relación de dependencia cuyas remuneraciones brutas, percibidas durante el año anterior, resulten iguales o superiores a $96.000 | ||||
| - Los actores cuyos ingresos percibidos a través de la Asociación Argentina de Actores durante el año anterior, resulten iguales o superiores a $96.000 | ||||
¿Cómo confeccionar las declaraciones juradas?
Utilizando el aplicativo “Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales”. Puede descargarlo ingresando a aquí
Opcional, sólo para Ganancias:
A través del servicio on line “Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas”, ingresando con clave fiscal, o con clave bancaria, a través de las páginas de los bancos habilitados.
| En caso: | |||||
| De estar obligado a presentar tanto la declaración jurada de Ganancias como la de Bienes Personales y | |||||
| De optar por presentar la declaración jurada de Ganancias a través del servicio on line, En oportunidad de confeccionar la declaración jurada de Bienes Personales -mediante el aplicativo, se deberá seleccionar en el mismo la opción “DJ Bienes Personales únicamente (no presento DJ GPF)” | |||||
¿Cómo se presentan las declaraciones juradas?
Debe efectuarse únicamente por Internet, utilizando los servicios:
| “Presentación de declaraciones juradas y pagos” (en caso de las declaraciones juradas generadas utilizando el aplicativo) y/o | ||||
| “Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas” (en caso de generar la declaración de Ganancias a través del régimen opcional). | ||||
Ambos servicios se puede acceder tanto:
| con clave fiscal | ||||
| con clave bancaria, a través de las páginas de los bancos habilitados. | ||||