Resolución 36913: SEGURO COLECTIVO DE VIDA OBLIGATORIO- DECRETO 1567/1974:
MODIFICAN REGLAMENTACIÓN R 35333
Dejan sin efecto el artículo 10 de la Resolución 35.333 que disponía una
contribución de las entidades aseguradoras al Fondo de Cooperación Técnica y
Financiera $ 0,077 mensuales por cada trabajador
cubierto por el seguro a partir
de los anticipos de operaciones del mes de abril de 2012. Además se modifican
las normas referidas a supervisión por parte de la Superintendencia de la
suscripción de coberturas mediante el ‘Sistema de Contralor del Seguro Colectivo
de Vida Obligatorio - Decreto Nº 1567/74 y se afecta la totalidad de los saldos
remanentes de la liquidación del “Fondo de Cooperación Técnica y Financiera” a
los gastos de Administración de la Caja Compensadora del Seguro Colectivo de
Vida Obligatorio.